Los RAMOS NO VIDA están definidos en el Anexo de la Ley 20/2015, de 14 de julio, de ordenación, supervisión y solvencia de las entidades aseguradoras y reaseguradoras. No obstante, la clasificación del modelo 2.2 no sigue correlativamente la numeración recogida en el mencionado Anexo, sino que sigue una clasificación muy parecida a la que se utiliza en los modelos de la Declaración Estadístico Contable de las entidades aseguradoras. A esta división se le ha añadido mayor detalle de algunas coberturas muy demandadas en la actualidad.
Se han planteado varias consultas sobre qué criterio hay que seguir para encuadrar determinada póliza en un ramo. La respuesta vendrá dada por la entidad aseguradora, ya que ésta es la que encuadra cada producto en un ramo u otro.
A modo de referencia se incluye esta tabla de equivalencias entre el desglose de coberturas recogido en el modelo 2.2 y la definición legal de ramos establecida en el anexo de Ley 20/2015, de 14 de julio, de ordenación, supervisión y solvencia de las entidades aseguradoras y reaseguradoras
| Desglose ramos NO VIDA según modelo 2.2 | Ramo según Anexo Ley 20/2015 | |
| Accidentes | 01 - Accidentes | |
| Enfermedad | 02 - Enfermedad | |
| Asistencia sanitaria | 02 - Enfermedad | |
| Dependencia |
02 - Enfermedad 00 - Vida (en este caso, se rellena en el Modelo 2.3) |
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| Autos | Individuales |
01 - Accidentes 03 - Vehículos terrestres (no ferroviarios) 10 - Responsabilidad civil en vehículos terrestres automóviles 17 - Defensa jurídica |
| Flotas | ||
| Transportes |
04 - Vehículos ferroviarios 05 - Vehículos aéreos 06 - Vehículos marítimos, lacustres y fluviales 07 - Mercancías transportadas 11 - Responsabilidad civil en vehículos aéreos 12 - Responsabilidad civil en vehículos marítimos, lacustres y fluviales |
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| Incencios y elementos naturales | 08 - Incendio y elementos naturales | |
| Otros daños a los bienes |
Seguros Agrarios Combinados | 09 - Otros daños a los bienes |
| Robo u Otros | ||
| Avería de Maquinaria | ||
| R.C. | General | 13 - Responsabilidad civil en general |
| Profesional | ||
| Riesgos nucleares | ||
| Seguro D&O | ||
| Seguros medioambientales | ||
| Otros riesgos | ||
| Crédito | 14 - Crédito | |
| Caución | 15 - Caución | |
| Ciberriesgos |
09 - Otros daños a los bienes 16 - Pérdidas pecunarias diversas |
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| Pérdidas diversas | 16 - Pérdidas pecunarias diversas | |
| Defensa jurídica | 17 - Defensa jurídica | |
| Asistencia | 18 - Asistencia | |
| Decesos | 19 - Decesos | |
| Multirriesgo hogar |
08 - Incendio y elementos naturales 09 - Otros daños a los bienes 13 - Responsabilidad civil en general 17 - Defensa jurídica |
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| Multirriesgo comunidades |
08 - Incendio y elementos naturales 09 - Otros daños a los bienes 13 - Responsabilidad civil en general 17 - Defensa jurídica |
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| Multirriesgo comercios |
08 - Incendio y elementos naturales 09 - Otros daños a los bienes 13 - Responsabilidad civil en general 16 - Pérdidas pecuniarias diversas 17 - Defensa jurídica |
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| Multirriesgo industriales |
08 - Incendio y elementos naturales 09 - Otros daños a los bienes 13 - Responsabilidad civil en general 16 - Pérdidas pecuniarias diversas 17 - Defensa jurídica |
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| Otros multirriesgos |
08 - Incendio y elementos naturales 09 - Otros daños a los bienes 13 - Responsabilidad civil en general 16 - Pérdidas pecuniarias diversas 17 - Defensa jurídica |
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En cuanto al ramo “Otros daños a los bienes” está subdividido en tres:
Por su parte, los seguros por impago de alquileres se incluirán en las coberturas del ramo 16 - Perdidas pecuniarias diversas; y los seguros de mascota se incluirán en las coberturas del ramo 9 - Otros daños a los bienes.