Los ramos están definidos en el artículo 6 del Texto Refundido de la Ley de Ordenación y Supervisión de los Seguros Privados. No obstante, la clasificación del modelo 2.2 no sigue correlativamente la numeración recogida en el mencionado artículo 6, sino que sigue una clasificación muy parecida a la que se utiliza en los modelos de la Declaración Estadístico Contable de las entidades aseguradoras.
Se han planteado varias consultas sobre qué criterio hay que seguir para encuadrar determinada póliza en un ramo. La respuesta vendrá dada por la entidad aseguradora, ya que ésta es la que encuadra cada producto en un ramo u otro. Como referencia se incluye esta tabla de equivalencias entre el desglose de ramos recogido en el modelo 2.2 y la definición legal de ramos establecida en el artículo 6 del Texto Refundido de la Ley de Ordenación y Supervisión de los Seguros Privados.
Nota: Todos aquellos productos que no sean de Seguros como planes de pensiones, fondos de inversión, etc., se les debe asignar el ramo: (No DEC) Producto no de Seguros, ya que no deben aparecer en la información de la DEC. Los productos con seguros vinculados, como por ejemplo PPA, sí que deben incluirse.
Desglose ramos NO VIDA según modelo 2.2 | Nº de ramo según Art. 6 TRLOSSP | |
(No DEC) Producto no de Seguros | Productos que no son de Seguros como planes de pensiones, fondos de inversión, etc. No se incluirán en la informacón DEC. | |
Accidentes | 01 - Accidentes | |
Enfermedad | 02 - Enfermedad | |
Asistencia sanitaria | 02 - Enfermedad | |
Dependencia |
02 - Enfermedad 00 - Vida (en este caso, se rellena en el Modelo 2.3) |
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Autos |
01 - Accidentes 03 - Vehículos terrestres (no ferroviarios) 10 - Responsabilidad civil en vehículos terrestres automóviles 17 - Defensa jurídica |
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Transportes |
04 - Vehículos ferroviarios 05 - Vehículos aéreos 06 - Vehículos marítimos, lacustres y fluviales 07 - Mercancías transportadas 11 - Responsabilidad civil en vehículos aéreos 12 - Responsabilidad civil en vehículos marítimos, lacustres y fluviales |
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Incencios y elementos naturales | 08 - Incendio y elementos naturales | |
Otros daños a los bienes |
Seguros Agrarios Combinados | 09 - Otros daños a los bienes |
Robo u Otros | ||
Avería de Maquinaria | ||
R.C. en General | Riesgos nucleares | 13 - Responsabilidad civil en general |
Otros riesgos | ||
Crédito | 14 - Crédito | |
Caución | 15 - Caución | |
Pérdidas diversas | 16 - Pérdidas pecunarias diversas | |
Defensa jurídica | 17 - Defensa jurídica | |
Asistencia | 18 - Asistencia | |
Decesos | 19 - Decesos | |
Multirriesgo hogar |
08 - Incendio y elementos naturales 09 - Otros daños a los bienes 13 - Responsabilidad civil en general 17 - Defensa jurídica |
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Multirriesgo comunidades |
08 - Incendio y elementos naturales 09 - Otros daños a los bienes 13 - Responsabilidad civil en general 17 - Defensa jurídica |
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Multirriesgo comercios |
08 - Incendio y elementos naturales 09 - Otros daños a los bienes 13 - Responsabilidad civil en general 16 - Pérdidas pecuniarias diversas 17 - Defensa jurídica |
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Multirriesgo industriales |
08 - Incendio y elementos naturales 09 - Otros daños a los bienes 13 - Responsabilidad civil en general 16 - Pérdidas pecuniarias diversas 17 - Defensa jurídica |
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Otros multirriesgos |
08 - Incendio y elementos naturales 09 - Otros daños a los bienes 13 - Responsabilidad civil en general 16 - Pérdidas pecuniarias diversas 17 - Defensa jurídica |
En cuanto al ramo “Otros daños a los bienes” está subdividido en tres: